"Estos recursos apoyan a los países en desarrollo a formular proyectos que contribuyan con un crecimiento resiliente al clima y bajo en carbono", informó el Ministerio del Ambiente (Minam).
El pasado fin de semana, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con refrendo del Minam, publicó el Decreto Supremo N° 146-2017-EF, que dicta disposiciones para el procedimiento de no objeción a proyectos o programas que se presenten al Fondo Verde para el Clima.
Con ello se dieron las pautas a seguir para el procedimiento de no objeción y la metodología de evaluación de los proyectos o programas que el Estado peruano enviaría a dicho fondo.
Entre estos procedimientos se contempla que los proyectos o programas deberán enmarcarse en las Contribuciones Nacionalmente Determinadas, o de ser el caso, por lo menos con los componentes del Plan de Acción de la Evaluación de Desempeño Ambiental de la OCDE vinculados al cambio climático.
También se plantea la posibilidad de que la entidad acreditada presente voluntariamente la Nota Conceptual del proyecto o programa al Minam (en paralelo que al FVC).
Sin embargo, el énfasis de la evaluación se concentrará en la propuesta desarrollada, la misma que será evaluada por el MEF y el Minam, así como otros ministerios competentes para una evaluación técnica.
Asimismo, en el proceso de aprobación de proyectos, el Ministerio del Ambiente se encargará de asegurar que el programa o proyecto se encuentre alineado a las prioridades nacionales en materia de cambio climático, principalmente aquellas relacionadas a las Contribuciones Nacionalmente Determinadas.
Además se encargará de potenciar su complementariedad con otras iniciativas y asegurar la solidez de cada una de las iniciativas concursantes al Fondo.
Recepción de propuestas
De otro lado, el MEF como autoridad nacional designada ante el Fondo Verde para el Clima, realiza la recepción de propuestas desarrolladas de proyecto, la evaluación económica del proyecto, y el envío y consolidación de la evaluación del proyecto realizada por el Minam y los ministerios competentes, entre otros.
El Fondo Verde para el Clima financiará actividades para la habilitación y soporte a la adaptación, mitigación, desarrollo y transferencia de tecnología, capacity building y la preparación de informes nacionales.
Este fondo representa una oportunidad para el financiamiento de proyectos y programas que contribuyan con la consecución de los objetivos nacionales en materia de cambio climático, en términos de adaptación y mitigación, así como con los compromisos internacionales asumidos que propiciarán el crecimiento verde en el Perú.
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